sábado, 21 de abril de 2007

Nn: LOCE; Predicador: no, tu no sabes nada




(Dedicado a los estudiantes que han destruido y saqueado cuanto han encontrado frente a ellos para derogar una ley que nunca han leído)



Me hago presente en la discusión sobre la reforma a la LOCE, para hacerles ver el profundo engaño mediático al cual son sometidos y probárselos.



“Si no ha habido una mejora sustancial en la educación chilena, no es precisamente por la tan difamada LOCE, sino, simplemente por la flojera e ineptitud del Gobierno”.



Para explicarles mi visión es que citaré la Ley Orgánica Constitucional de Educación, la Ley del Ministerio de Educación, y el mensaje de la Ley General de Educación (ley en trámite). Existen más normas, pero las evito para resumir.


Una Ley Orgánica es una ley que sólo está llamada a dictar los principios y normas de general aplicación, por tanto no es misión de una L.O. (ley orgánica) referirse a temas más específicos.



LOCE: (ley orgánica constitucional de educación)
La presente L.O. fija los requisitos mínimos, siendo ésta, su misión exclusiva. Establece que la educación es un derecho de todas las personas, debiendo el Estado otorgar especial protección al ejercicio de éste (derecho) y contribuir al desarrollo y perfeccionamiento de la educación.



La LOCE, a lo largo de su articulado, hace eco de la Constitución, respondiendo a la necesidad de establecer el marco regulatorio sobre:
· el ingreso y progreso en el sistema de educación,
· los requisitos mínimos para que exista una educación adecuada,
· como y quien entregará la educación, y
· la obligatoriedad del cumplimiento de sus normas y demás dictadas al respecto.



A efecto de cumplir con todo lo anterior la LOCE le entrega al Presidente de la República, por medio del Ministerio de Educación, la obligación de hacer cumplir estos objetivos. Estableciendo además el rol coadyuvante del Consejo Superior de Educación.


Siendo ésta la demoníaca LOCE, estimo que todas las leyendas sobre su maldad son totalmente infundadas. Los títulos III y IV no los consideré puesto que aún no serán derogados. Lo que no deja de ser importante puesto que el Consejo Superior de Educación está tratado en esos títulos, cuya principal rol es trabajar junto al Ministerio por la calidad de la educación y su fiscalización.



Por tanto, podemos arribar a las siguientes conclusiones, respecto de:



· Calidad de la Educación: los estándares mínimos son los dictados por la administración, por lo que elevar el nivel de la educación está dentro de sus atribuciones expresas, no mediante la dictación de leyes, sino por decretos de su ministerio, por lo que ante la falta de calidad en la educación, es que debería responsabilizarse primero.
· Responsabilidad ante incumplimiento: el deber de fiscalizar le compete al Ministro mediante sus Órganos, especialmente si el cumplimiento con los márgenes mínimos establecidos por éstos. En conclusión la responsabilidad del sostenedor depende del rol fiscalizador del Estado. Excusarse le es inaceptable.



Ésta ley general necesita ser concretada mediante otras.



LME. (ley ministerio de educación)
Define el rol principal del Ministerio de Educación encomendándole, entre otros:
· proponer y evaluar las políticas y los planes de desarrollo educacional y cultural;
· estudiar y proponer las normas generales aplicables al sector y velar por su cumplimiento.



Esta ley establece un conjunto de organismos, más y menos centralizados, para que la función educativa se concrete de forma certera a lo largo del país, haciendo hincapié, en cada uno de ellos, de la importancia de la calidad de la educación y fiscalización de la misma (incluyendo desde el control docente, hasta la inversión de las subvenciones, etc.).


En efecto, podemos concluir de ésta ley:



· Calidad de la Educación: El ministerio, mediante sus órganos esta obligado a velar por la calidad integral de la educación. Por lo que si ésta no ha tenido avances sustanciales en este ámbito es por que la Administración ha incurrido en faltas a sus obligaciones ministeriales.
· Responsabilidad ante incumplimiento: se le encarga, a éstos mismos órganos, de forma expresa, el control y fiscalización de las contravenciones a la ley y reglamentos, teniendo por tanto, la necesidad jurídica de hacer valer la responsabilidad del sostenedor, cuando éste ha incurrido en ella.



Complementando ambas leyes y recordando que omito otras, es dable afirmar que la Administración dispone ya de herramientas objetivas para solucionar el problema, pudiendo concluir que el Estado ha incurrido en sostenidas faltas en toda su cadena de poder. Teniendo como único fin, mediante la derogación de la LOCE, crear una pantalla de humo mediática que permita que la atención se distraiga de estas faltas.

Derogación de la LOCE: ¿comienzo de una educación verdadera y eficiente?.
Claramente, no. El objetivo de esto no es sino eliminar cualquier rastro del gobierno militar ya que como ha quedado diametralmente establecido, el Estado en la actualidad ya cuenta con herramientas para solucionar los problemas urgentes de la educación o tiene la posibilidad de hacerse de ellas mediante decretos del Ministerio principalmente.Este fin netamente político queda de manifiesto en el extenso mensaje con que se acompaño el proyecto – una verborrea de aproximadamente veinte y cuatro hojas -, al que cito textual.



Entender el comienzo del proyecto es difícil al señalar que “El desafío de velar por la calidad y ofrecer a todos los chilenos, independientemente de su condición socio económica, la posibilidad de acceder al conocimiento y a la cultura, es una tarea nueva para el Estado y para la sociedad” No se a qué Estado se refiere si desde la antigua Grecia se consideró la importancia de la educación. En efecto, simplona demagogia.



Luego borrando con el codo, lo escrito con la mano repiten principios más que sabidos. “Por eso, el primer requisito para elevar la calidad del conjunto de la educación nacional es resolver el grave problema de falta de equidad, de discriminaciones arbitrarias y de segmentación que se vivencian al interior del sistema educativo”.



Como todas las obras de nuestra administración ésta también destaca por su mediocridad. En efecto la tan bullada derogación, que dará origen a la Ley General de Educación, parte coja: “En atención a la reciente formación de un Consejo de Educación Superior (al) que complete las deliberaciones y proposiciones que respecto de este nivel educativo no alcanzó a entregar el Consejo Asesor Presidencial, es que se mantienen vigentes como parte de la nueva Ley General de Educación aquellas disposiciones sobre educación superior contenidas en la LOCE, las que serán reformadas o sustituidas una vez que se reciba el encargo del Consejo recién designado”. Es inaceptable políticamente, que un propósito tan emblemático de un gobierno, exponga tanta desidia, siendo otra muestra de la burla hacia el pueblo. Considerando especialmente que dentro de éstos Títulos hay importantes funciones de fiscalización, es que la nueva ley, poco aporta en el tema.



“Luego de 17 años de gestión educacional de los Gobierno de la Concertación, en que el país ha conocido de múltiples y sistemáticos esfuerzos” Por un momento no supe si leía un mensaje de ley o bien un discurso político. Al final comprendí que leía un lastimoso discurso político, al sólo hablar de esfuerzos y nada de resultados.



Me siento con toda la razón, sobre que estamos frente a una explosión mediática de insolencia impresentable al decir que “A diferencia de la ley que por este acto se modifica, este proyecto no es una ley orgánica constitucional”, y, “Al mismo tiempo, el proyecto, en su dimensión de Ley General de Educación, explicita y amplía los derechos específicos”, en efecto, al no ser L.O., puede “explicitar” y “ampliar” los derechos generales. Al no haber mayor contradicción sustancial entre la LOCE y el nuevo proyecto si no se dispone expresamente su derogación, ello no se producirá, sino en contados artículos.



“Se ha estimado pertinente incorporar al concepto de educación nuevas finalidades. Así, se propone que lo sean el respeto a los derechos humanos y las libertades fundamentales, el ejercicio de la tolerancia, de la paz y del respeto a la diversidad”. Temo a estos conceptos tan tergiversados y utilizados con fines partidistas.





Sin embargo de lo anterior, la mejora de la educación en Chile no pasa siquiera por las acusaciones que realizo, puesto que la falta de iniciativa, la carencia de expectativas, la escasez de roce social, la ausencia de motivación por la cultura, etc, etc, es un fenómeno generalizado de forma transversal en Chile, por lo que surgir en este país depende principalmente del mérito personal, siendo por lo mismo, necesario, distinguir al alumno destacado, del que no, para darle a aquel mayores oportunidades. Por otro lado es imposible exigir calidad al profesorado en las condiciones económicas en que se halla. Si los hay de calidad, y claro que muchos lo son, nuevamente es por mérito personal.



Lucro en la LOCE: ¿aberración?
Sectores ideológicamente cercanos a la Administración y varios desinformados, califican al lucro como algo aberrante si se obtiene conforme a la educación con aporte Fiscal. Pero sentar un principio semejante de forma tan estricta es lo aberrante.


Estimar que es inmoral lucrar de fondos públicos, conduciría necesariamente a terminar con las remuneraciones de todos los funcionarios públicos, centralizados o no, en cualquiera de sus grados (del Presidente al último). Este pensamiento no es más que estrecho y propugna la lucha ideológica.
Ahora, si no respetamos el trabajo honrado de, supongo la generalidad de los sostenedores, significa que les estaríamos expropiando su trabajo por la ineptitud del rol fiscalizador y pro – activo del Estado. Si ustedes pretenden lucrar mediante su educación, ¿por qué no también el sostenedor justo?. Ahora, si mediante el rol fiscalizador del Estado, detectamos situaciones que no corresponden a los estándares aceptables, es labor del mismo terminar con éstas y castigar al sostenedor.



Es dable concluir de lo expuesto que los problemas acusados a la educación nacional se han producido en gran parte por las fallas que las últimas Administraciones han tenido en el cumplimiento de sus obligaciones. Se repite el acusar al objeto y no a la mano que lo emplea, lo que al Estado no le debe ser permitido, por nosotros, los ciudadanos.



El Predicador.




* si les interesa el texto completo, con los artículos pertinentes, solicitenlo por mail.

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